Modelo 130 vs. modelo 131

El modelo 130 y el modelo 131 son, ambos, pagos fraccionados trimestrales a cuenta del IRPF, pero corresponden a dos regímenes de tributación distintos y no se presentan nunca a la vez por la misma actividad.

El modelo 130 lo presentan los autónomos que tributan en estimación directa, normal o simplificada, calculando el pago sobre su rendimiento neto real (ingresos menos gastos deducibles), como se explica en qué es el modelo 130. El modelo 131, en cambio, lo presentan quienes tributan en estimación objetiva (módulos), un régimen que calcula el rendimiento mediante índices y signos fijados por actividad, al margen de los ingresos y gastos reales. Tras las últimas reformas, la estimación objetiva ha quedado limitada a un número reducido de actividades y umbrales de facturación, por lo que el modelo 131 es hoy un caso residual frente al 130. Ambos comparten el mismo calendario trimestral, detallado en plazos del modelo 130.