Glosario
Glosario de fiscalidad para autónomos
Definiciones directas, sin rodeos, de los términos que aparecen una y otra vez al gestionar tu actividad como autónomo.
- Autónomo colaborador
La figura para familiares directos (cónyuge, pareja de hecho, hijos, padres) que trabajan de forma habitual en el negocio de un autónomo, con cotización bonificada.
- Autónomo societario
El autónomo que cotiza en el RETA por ser socio con control efectivo de una sociedad, habitualmente como administrador con una participación relevante, a diferencia del autónomo persona física que ejerce la actividad directamente.
- Base imponible
El importe sobre el que se calcula un impuesto, una vez aplicadas las reducciones y deducciones que correspondan.
- Certificado digital
El archivo que te identifica legalmente ante la Administración para hacer trámites online: presentar modelos, consultar notificaciones o darte de alta.
- Cl@ve PIN
Sistema de identificación de la Administración española que sustituye al certificado digital con un PIN de un solo uso enviado al móvil.
- Diferencia entre autónomo y freelance
Autónomo es la figura legal y fiscal en España; freelance es un término coloquial (del inglés) para describir a quien trabaja por proyectos para varios clientes.
- Diferencia entre autónomo y pyme
El autónomo es una persona física que tributa por IRPF; la pyme es habitualmente una sociedad, con personalidad jurídica propia y tributación por Impuesto de Sociedades.
- Estimación directa simplificada
El método más común para calcular el rendimiento de tu actividad en el IRPF: ingresos menos gastos deducibles, con una deducción adicional a tanto alzado.
- Factura simplificada vs. factura completa
La factura completa identifica a ambas partes y es obligatoria entre empresas; la simplificada (antiguo tique) basta para ventas de poco importe a particulares.
- IAE (Impuesto de Actividades Económicas)
El impuesto municipal que grava el ejercicio de actividades económicas; la mayoría de autónomos está exenta de pagarlo.
- IVA repercutido vs. IVA soportado
La diferencia entre el IVA que cobras a tus clientes en tus facturas (repercutido) y el que pagas tú en tus compras y gastos (soportado); su diferencia es lo que declaras en el modelo 303.
- Modelo 036 y 037
Los formularios de la Agencia Tributaria para darte de alta, modificar o darte de baja en el censo de actividades económicas.
- Modelo 111
La declaración trimestral de las retenciones de IRPF que un autónomo con trabajadores o colaboradores practica a terceros y debe ingresar en Hacienda.
- Modelo 130 vs. modelo 131
El modelo 130 lo presentan autónomos en estimación directa; el modelo 131 lo presentan quienes tributan en estimación objetiva (módulos), un régimen cada vez más residual.
- Recargo de equivalencia
Régimen especial de IVA obligatorio para comerciantes minoristas que venden al consumidor final sin transformar el producto.
- RETA
El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, el sistema de la Seguridad Social al que cotizas como autónomo en España.
- Retención del 7% o 15% para nuevos autónomos
El porcentaje que tus clientes empresa retienen en tus facturas a cuenta de tu IRPF: 7% reducido los dos primeros años de actividad, 15% después.